Beneficios Promocionales a los Partidos de Villarino, Puán y Tornquist Artículo 2 Provincia de Buenos Aires
Beneficios Promocionales a los Partidos de Villarino, Puán y Tornquist Buenos Aires
Artículo 2.
Acuérdense al ámbito de aplicación definido en el artículo 1º los siguientes beneficios promocionales para las actividades productivas del sector agropecuario, el comercio, la industria y los servicios, sin perjuicio de loestablecido por otras normas, los que mantendrán plena vigencia:
Zona A:
1. Exención del cincuenta (50%) por ciento del pago del Impuesto Inmobiliario urbano y rural.
2. Exención del cincuenta (50%) por ciento del pago del Impuesto sobre losIngresos Brutos.
3. Exención del cincuenta (50%) por ciento del pago delImpuesto de Sellos.
Zona B:
1. Exención de pago del Impuesto Inmobiliario urbano y rural.
2. Exención del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
3. Exención del pago del Impuesto de Sellos.
4. Exención del pago del Impuesto a los Automotores para medios de Transporte. Cuando las actividades productivas se desarrollaren en la zona regable de CORFORío Colorado, los beneficios establecidos se limitarán al cincuenta (50%) porciento de los importes correspondientes a los impuestos referidos.
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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