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Autorización al Poder Ejecutivo a aceptar la donación de una fracción de terreno, efectuada por la M Artículo 1 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Autorización al Poder Ejecutivo a aceptar la donación de una fracción de terreno, efectuada por la Municipalidad de Gobernador Entre Ríos
Artículo 1.

Autorizase al Poder Ejecutivo a aceptar la donación efectuada por la Municipalidad de Gobernador Mansilla, Departamento Tala, Provincia de Entre Ríos, de una fracción de terreno de su propiedad, con cargo de construcción del edificio de la Escuela Secundaria de Adultos Nº 3. El cual, se individualiza de la siguiente manera:

inmueble ubicado en el Departamento forma parte de la Manzana Nº 28, con frente a Avenida Hipólito Yrigoyen a cuarenta y un metros de su intersección de Avenida San Martín, y a treinta metros de calle 25 de mayo, Plano superficie es de dos mil ciento veintiún metros cuadrados con cuarenta centímetros (2.121,40 m2) cuyos límites linderos son:

NORESTE: recta 1-2 alambrada hasta los 47,70 metros y por costado de muro lindero en el resto, al rumbo sureste 53º 57" de 70,60 metros, lindando con Francisco H. Marozzini hasta los 9,70 metros, luego con Liborio A.

Monti hasta los 19,10 metros, con Rocío Yanina García hasta los 28,80 metros, con Tomas Francisco Solda hasta los 38,14 metros, con María Inés Zumino hasta los 47,70 metros, con Claro Martel Acosta hasta los 57,52 metros, y con Ángel Roque Latorre en el resto.

SURESTE: recta 2-3 edificada por muro propio al rumbo suroeste 36º 41" de 30,00 metros lindando con Avenida Hipólito Yrigoyen.

SUROESTE: recta 3-4 amojonada al rumbo noroeste 53º 57" de 70,84 metros, lindando con Municipalidad de Gobernador Mansilla.

NOROESTE: recta 4-1 amojonada, al rumbo noreste 37º 9" de 30,00 metros lindando con Municipalidad de Gobernador Mansilla (Plano Nº 8179).



Provincia de Entre Ríos Artículo 1 Autorización al Poder Ejecutivo a aceptar la donación de una fracción de terreno, efectuada por la Municipalidad de Gobernador Mansilla, Departamento Tala, Provincia de Entre Ríos, con cargo de construcción del edificio de la Escuela Secundaria de Adultos
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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