Asistencia financiera a productores y/o pequeñas y medianas empresas Artículo 11 Provincia de Santa Fe
Asistencia financiera a productores y pequeñas y medianas empresas Santa Fe
Artículo 11.
Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía, a dictar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las operaciones autorizadas en la presente ley, como asimismo a dictar las reglamentaciones legales relativas al funcionamiento y administración del "Fondo de Inversión y Desarrollo de la Provincia de Santa Fe" y a cualquier otro aspecto que resulte necesario para dar cumplimiento a la presente ley. Asimismo, autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias para dar cumplimiento a la presente ley, como así también a realizar todo acto que fuera necesario para hacer efectivas las operaciones previstas en la misma.
Provincia de Santa Fe Artículo 11 Asistencia financiera a productores y/o pequeñas y medianas empresas. Creación del Fondo de Inversión y Desarrollo
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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