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Aprueban convenios de colaboración en control y regulación de tránsito vehicular Artículo 6 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Aprueban convenios de colaboración en control y regulación de tránsito vehicular Chubut
Artículo 6.

Apruébase en todos sus términos el "Convenio de colaboración en Control y Regulación de Tránsito Vehicular", celebrado el día 22 de diciembre de 2023 entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Gobernador, Lic. Ignacio Agustín TORRES, y la Municipalidad de Cholila, representada por su Intendente, Silvio BOUDARGHAM, protocolizado al Tomo 1, Folio 053 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el día 01 de febrero de 2024; suscripto con el objetivo de fortalecer la cooperación mutua en tareas de control y regulación de tránsito vehicular, controles de alcoholemia, como así también en tareas de prevención en la accidentología vial.

Provincia del Chubut Artículo 6 Aprueban convenios de colaboración en control y regulación de tránsito vehicular LEY XX 81, 4 de Julio de 2024
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


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