Aprueban convenios de colaboración en control y regulación de tránsito vehicular Artículo 10 Provincia del Chubut
Aprueban convenios de colaboración en control y regulación de tránsito vehicular Chubut
Artículo 10.
Apruébase en todos sus términos el "Convenio de colaboración en Control y Regulación de Tránsito Vehicular", celebrado el día 22 de diciembre de 2023 entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Gobernador, Lic. Ignacio Agustín TORRES, y la Municipalidad de Alto Río Senguer, representada por su Intendente, Miguel Alejandro MONGILARDI, protocolizado al Tomo 1, Folio 065 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, el día 01 de febrero de 2024; suscripto con el objetivo de fortalecer la cooperación mutua en tareas de control y regulación de tránsito vehicular, controles de alcoholemia, como así también en tareas de prevención en la accidentología vial.
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
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