Imprimir

Aprobación del Régimen Regulatorio de las Actividades Nocturnas, Espectáculos Públicos y otros Espar Artículo 30 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Aprobación del Régimen Regulatorio de las Actividades Nocturnas, Espectáculos Públicos Jujuy
Artículo 30. Prohibiciones

Queda prohibido en el territorio de la provincia:

1.-La realización de bailes, eventos o fiestas en lugares que no cuenten con las habilitaciones exigidas en la presente ley.- 2.-La realización de bailes, eventos o fiestas fuera de los horarios y condiciones establecidas en la presente ley.

3.-La exhibición o realización de espectáculos o concursos que atenten contra la integridad física y moral de los asistentes a dichos locales.

4.-La realización de concursos y competencias que tengan como objeto, medio o fin el consumo de alcohol.

5.-El ingreso o permanencia de personas en exceso a la capacidad establecida en la habilitación de bomberos, requerida en el Artículo 5 inc. 6).

6.-La admisión en los establecimientos del Artículo 2 inc. 1) y 2) sin documento que acredite identidad.



Provincia de Jujuy Artículo 30 Aprobación del Régimen Regulatorio de las Actividades Nocturnas, Espectáculos Públicos y otros Esparcimientos
Artículo 1 ...28 29 30 31 32 ...41

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse