Constitución Provincial. Aprobación de la Enmienda referida a los Artículos 120° y 171° de la Constitución Provincial (Aprobación de la Enmienda referida a los Artículos 120° y 171° de la Constitución) Provincia de La Rioja
Constitución Provincial. Aprobación de la Enmienda referida a los Artículos 120° y 171° de la Constitución Provincial Provincia de La Rioja
- Artículo 1. Apruébase en los términos del Artículo 177° de la Constitución...
- Artículo 2. La presente Enmienda será incorporada como parte final del...
- Artículo 3. Incorpórase como parte final del Artículo 120° de la...
- Artículo 4. Dispóngase que la presente Enmienda deberá ser sometida en los términos del...
- Artículo 5. Dispóngase que el Señor Gobernador de la Provincia, conforme a lo dispuesto...
- Artículo 6. A los efectos de la Consulta, la elección deberá realizarse en un plazo...
- Artículo 7. Derógase toda disposición normativa que se oponga a la presente
- Artículo 8. Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese
Otras regulaciones
Ley Orgánica del Poder Judicial Creación de la Comisión Especial ad hoc de Conmemoración del Bicentenario de la creación de la Legislatura Provincial Declara al año 2023 con el lema de Año del Centenario del Fallecimiento del Doctor Joaquín Víctor González Se declara como Bien de Interés Histórico e incorporado al Patrimonio Cultural de la Provincia, a la estación ferroviaria Estación Milagro Escala Salarial de la Administración Pública Provincial a partir del 01 de julio de 2017Mejores juristas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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