Administración de inmuebles. Bancarización Artículo 4 Provincia del Chaco
Administración de inmuebles. Bancarización Chaco
Artículo 4. Mediación obligatoria
Determinase que las controversias vinculadas con la aplicación del decreto del Poder Ejecutivo Nacional 320/2020, deberán agotar la instancia de mediación, con carácter obligatorio y previo a interponerse la demanda judicial.
El proceso de mediación podrá ser realizado ante el Centro Público de Mediación dependiente del Poder Judicial o en Centros Privados o Institucionales de Mediación debidamente supervisados y habilitados por el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, según se den las condiciones previstas en el artículo 39 siguientes y concordantes de la ley de mediación 1601-M.
En todos los caso, el Procedimiento de mediación deberá cumplir los requisitos y formalidades determinadas en las leyes de mediación vigentes en la Provincia. A los efectos de la presente ley y como excepción, se determina que los casos cuyo canon locativo mensual no supere el monto equivalente a un (1) salario mínimo vital y móvil por mes, podrán ser realizados ante Centros Públicos de Mediación dependientes del Poder Judicial, a elección del requirente.
Esta disposición tendrá una vigencia de un año contado desde la sanción de la presente ley, pudiendo ser prorrogada según lo ameriten las circunstancias.
Provincia del Chaco Artículo 4 Administración de inmuebles. Bancarización
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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