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Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.506 Artículo 10 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.506 Buenos Aires
Artículo 10. REVALIDACIÓN

La continuidad de los beneficios otorgados a partir del ingreso al Registro NECo por parte de los sujetos inscriptos será revalidada bienalmente hasta el plazo máximo previsto en el artículo 14 de la presente, considerando los parámetros que a tal fin se determinen en la reglamentación de esta Ley.



Provincia de Buenos Aires Artículo 10 Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.506 - Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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