Adhesión a Ley Nacional 27.130 Prevención del Suicidio (Adhesión a Ley Nacional 27.130 Prevención del Suicidio) Provincia de Santa Cruz
Adhesión a Ley Nacional 27.130 Prevención del Suicidio Provincia de Santa Cruz
- Artículo 1. ADHIÉRASE la provincia de Santa Cruz a las disposiciones de la Ley Nacional...
- Artículo 2. La Caja de Servicios Sociales (CSS) deberá brindar cobertura asistencial a...
- Artículo 3. Será Autoridad de Aplicación de la presente norma el ministerio de Salud y...
- Artículo 3 bis. Los medios masivos de comunicación, en cualquiera de sus formatos, deberán...
- Artículo 4. El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud y Ambiente,...
- Artículo 5. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y,...
Otras regulaciones
Convenio suscripto entre el Instituto nacional de Estadística y Censos y la Dirección Provincial Declaración por el plazo de un año a partir del 1° de enero del año 2023 la Emergencia Hídrica en la Zona Norte Día de la Música Folclórica Santacruceña Creación de la Mesa Provincial de Diálogo Interreligioso Promoción y concientización social sobre la prevención y detección de la deficiencia de Vitamina DMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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