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Acuerdo de Colaboración, suscripto en la provincia de La Rioja, entre el Ministerio de Desarrollo Te Artículo 4 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Acuerdo de Colaboración, suscripto en la provincia de La Rioja, entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat La Rioja
Artículo 4. ANEXO

Acuerdo de Colaboración entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y la Provincia de La Rioja en el Programa Federal "Argentina Construye" y en el Programa Federal "Argentina Construye Solidaria" Entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación (en adelante, el "MDTYH") por una parte, representado en este acto por la señora Ministra, Arquitecta María Eugenia Bielsa, con domicilio legal en la calle Esmeralda 255 Piso 8º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y la Provincia de La Rioja (en adelante "la Provincia") representada en este acto por el señor Gobernador, D Ricardo Quintela, con domicilio constituido en calle San Nicolás de Bari y 25 de Mayo de la Ciudad de La Rioja (indistintamente "las Partes") y;

Considerando:

Que en razón de la profunda crisis socioeconómica actual, producto de los efectos que la pandemia de Coronavirus Covid-19 impuso sobre las distintas actividades económicas y en el marco del Aislamiento Social, Preventivo, Obligatorio, establecido por el Decreto Nº 297/20, el Poder Ejecutivo Nacional ha impulsado, el "Programa Federal Argentina Construye" y ha decidido que se ejecute a través del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

Que el Programa Federal Argentina Construye es un programa federal de inversión pública destinado a responder a la emergencia referida y atender al déficit habitacional en todo el país, dinamizando a la obra pública y privada y a todas las industrias relacionadas con la construcción, que son a su vez generadoras de empleo y producción.

Que el Programa Federal Argentina Construye propone diez líneas de trabajo a ser implementadas en coordinación con Provincias, Municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de políticas de hábitat destinadas a hogares deficitarios, a organizaciones comunitarias, al desarrollo territorial y a la infraestructura básica.

Que el Programa Federal Argentina Construye Solidaria tiene como objetivo el otorgamiento de subsidios para la compra de materiales destinados a la refacción de los espacios físicos de organizaciones no gubernamentales, asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas o mutuales debidamente autorizadas por la autoridad competente y entidades eclesiásticas reconocidas oficialmente, que no hayan recibido un subsidio de características análogas al presente, que realicen tareas de asistencia barrial y comunitaria en todas las Provincias y Municipios del País, cuyas actividades se vinculen a la asistencia en la alimentación, la educación, la salud, el medioambiente, la cultura, la inclusión de las personas con discapacidad, el acceso a la tierra, la vivienda y el hábitat, el desarrollo local, la economía social y solidaria, la promoción y protección de la identidad de género y diversidad y la preservación de las identidades culturales indígenas.

Que las líneas de trabajo de ambos Programas serán destinadas al mejoramiento de las sedes de las organizaciones comunitarias, a la construcción de viviendas, mejoramientos, ampliación, instalación de red de gas natural, desarrollo de núcleos sanitarios y conexiones domiciliarias a la infraestructura pública para las viviendas, lotes con servicios, equipamientos comunitarios y completamientos barriales, con el objeto de mejorar las condiciones del hábitat.

Que los Programas deben llevarse a cabo en un marco de coordinación y articulación entre distintos niveles de gobierno, tanto nacional como provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con las organizaciones comunitarias. Se ha previsto que la ejecución y control de los proyectos estén en cabeza del Estado Provincial o Municipal, según sea el caso.

Que la Provincia comparte plenamente los postulados del Programa Federal Argentina Construye y del Programa Federal Argentina Construye Solidaria y desea aunar esfuerzos a fin de lograr el mejoramiento de las condiciones de hábitat de sus habitantes y el desarrollo de la producción y del trabajo.

Que por lo expuesto, "las Partes" acuerdan celebrar el presente Acuerdo de Colaboración por lo que Convienen:

Primera: "Las Partes" se comprometen a colaborar en el desarrollo y en la implementación de las acciones conducentes a ejecutar el Programa Federal Argentina Construye y el Programa Federal Argentina Construye Solidaria y se sujetan al cumplimiento de las condiciones técnicas, administrativas, legales y presupuestarias y de factibilidad, que posibiliten la ejecución de los proyectos a realizarse.

Segunda: A los fines indicados en la Cláusula anterior "las Partes" acuerdan la suscripción de los Convenios necesarios, indicando que los compromisos y responsabilidades que de ellos se generen estarán sujetos al marco legal correspondiente.

Tercera: El MDTyH se compromete a brindar el apoyo técnico y financiero a los fines de la concreción de los programas incluidos en la medida de sus disponibilidades económicas y con los alcances y en la proporción que se prevean en los Convenios a que se refiere en la cláusula segunda.

Cuarta: La Provincia se compromete a adherir a los Programas que considere necesarios y oportunos a desarrollar en su Jurisdicción, de acuerdo a las prioridades que determine.

En prueba de conformidad se suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Rioja. Provincia de La Rioja a los doce días del mes de junio de 2020.



Provincia de La Rioja Artículo 4 Acuerdo de Colaboración, suscripto en la provincia de La Rioja, entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, y la Provincia de La Rioja, en el Programa Federal Argentina Construye y en el Programa Federal Argentina Construye Solidaria
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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