Tratado de Cooperación El Caldén Artículo 1 Provincia de San Luis
Tratado de Cooperación El Caldén San Luis
Artículo 1.
APRUÉBASE el Tratado "El Caldén", de fecha 29 de junio de 2017, suscripto en la ciudad de San Luis, entre el Gobierno de la provincia de San Luis representado por el señor Gobernador Dr. Alberto José Rodríguez Saá y el Gobierno de la provincia de La Pampa representado por el señor Gobernador Ing. Carlos Alberto Verna; de Cooperación entre ambas Provincias, tendiente a impulsar acciones conjuntas que promuevan el desarrollo económico y social, la salud, la educación, la ciencia y la tecnología, el deporte y la cultura, de conformidad a los estipulado en el Artículo 125 de la Constitución Nacional.
Provincia de San Luis Artículo 1 Aprobación del Tratado de Cooperación El Caldén entre las provincias de San Luis y La Pampa
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Ley provincial de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico La Pampa Artículo 35. Incorporación del Servicio Social al Sistema Educativo Misiones Artículo 3.Recomendados
Aprobación del acta-compromiso, su anexo A y sub anexo 1 de fecha 05/02/2010 celebradas entre el Poder Ejecutivo Provincial y Barrick Exploraciones Argentinas SA San Juan Artículo 7. Código Tributario Tucumán Artículo 355. Transformación del Instituto Universitario Nacional del Arte en Universidad Nacional de las Artes Nacional Artículo 3. Constitución Salta Artículo 147. FUNCIONES. LEY DE MINISTERIOS Promoción y protección de la Artesanía elaborada en la Provincia Entre Ríos Artículo 8.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios