Sistema de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas Artículo 7 Provincia de Córdoba
Sistema de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas Córdoba
Artículo 7.
EN caso de que la Provincia de Córdoba no construyere planes de vivienda en el lugar donde resida el beneficiario, el Gobierno Provincial otorgará ayudas económicas para que el Veterano de Guerra de Malvinas pueda construir o adquirir su vivienda -total o parcialmente- en los términos que establezca la reglamentación.Asimismo, efectuará las gestiones pertinentes para que los municipios o comunas en donde resida el beneficiario otorguen en forma conjunta con la Provincia ayudas económicas con la misma finalidad.
Provincia de Córdoba Artículo 7 Sistema de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Régimen Especial de presentación espontánea y regularización de deudas Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 5. Deudas excluidas Creación de la escribanía general del gobierno de la provincia Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 12. Ley Impositiva año 2015 Córdoba Artículo 50. Dirección de Bomberos de la Policía de la Provincia Industrias creativas, desarollo, fomento, incentivo y protección. Creación de Fondo de Producción Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 17. Ley Impositiva año 2015 Córdoba Artículo 114.Publique la información de sí mismo
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