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Se prorroga por un año la fecha de entrada en vigencia de la Ley 8.097 Artículo 3 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se prorroga por un año la fecha de entrada en vigencia de la Ley 8.097 Salta
Artículo 3.

Créase una comisión especial con el objeto de que, en un plazo máximo de tres (3) meses, proponga las reformas legislativas necesarias y un plan progresivo de implementación del Régimen Penal Juvenil establecido en la Ley 8.097 contemplando los órganos que intervienen en el proceso penal y los dispositivos y herramientas que se requieren para la atención de las necesidades de niñas, niños y adolescentes en conflicto con la Ley Penal.

La Comisión estará integrada por:

a) Dos Diputados Provinciales.

b) Dos Senadores Provinciales.

c) Dos representantes del Poder Ejecutivo.

d) Dos representantes del Ministerio Público.

e) Dos representantes del Poder Judicial.

Sin perjuicio de los integrantes enumerados, la comisión podrá convocar a miembros de Organizaciones de la Sociedad Civil, Colegios Profesionales y demás Instituciones Públicas y Privadas.



Provincia de Salta Artículo 3 Se prorroga por un año la fecha de entrada en vigencia de la Ley 8.097 Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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