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Se crea el Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento Artículo 1 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se crea el Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento Tucumán
Artículo 1.

Créase el "Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento de Tucumán" que tendrá por objeto promover el desarrollo, la creación de nuevos puestos laborales en la Provincia, la competitividad y la innovación de las personas físicas o jurídicas que se encuentren radicadas o se radiquen en la Provincia de Tucumán cuya finalidad principal sea el diseño, desarrollo, elaboración, mantenimiento y actualización de las actividades listadas a continuación:

1. Productos de software.

2. Software a medida.

3. Software embebido o insertado.

4. Portales web.

5. Plataformas o aplicaciones informáticas, tanto en web como móviles, destinadas para el uso de terceros.

6. La actividad de mantenimiento mencionada, será aquella que se realice únicamente sobre desarrollos y/o productos comercializados por el interesado radicado o a radicarse en la Provincia de Tucumán.

7. Servicios informáticos orientados a mejorar la seguridad de equipos y redes, la confiabilidad de programas y sistemas de software, la calidad de los sistemas y datos, y la administración de la información y el conocimiento en las organizaciones, entre otros.

8. Servicios informáticos vinculados a procesos de negocios para uso de terceros (centros de servicios compartidos).

9. Servicios de diseño, codificación, implementación, soporte a distancia, resolución de incidencias, adición de funciones y garantía o asesoramiento de software.

10. Servicios de consultoría tecnológica.

11. Servicios de outsourcing tecnológico.

12. Servicios en nanotecnología.

13. Servicios biotecnológicos.

14. Servicios de impresión en 3D.

15. Servicios de robótica y domótica.

16. Actualización, perfeccionamiento y capacitación de usuarios respecto de un producto de software o funcionalidad adicional desarrollada.

17. Actualización, perfeccionamiento y capacitación de docentes, alumnos y alumnas del sistema educativo con orientación en las TIC.

18. Producción de hardware, entendiéndose por tal la fabricación y/o ensamble complejo de partes, piezas o componentes de equipos informáticos.

19. Aceleradoras, incubadoras y proveedoras de espacios colaborativos para empresas nacientes y emprendedores en el área tecnológica.

La actividad de mantenimiento mencionada será aquella que se realice únicamente sobre desarrollos comercializados por el interesado a radicarse en la Provincia de Tucumán.

Los beneficios aquí establecidos no se aplican a la prestación o mejoras en los canales de comercialización de las personas o empresas aquí alcanzadas.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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