Se autoriza al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano Artículo 1 Provincia de Tucumán
Se autoriza al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano Tucumán
Artículo 1.
Autorízanse al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano, a ceder en comodato a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, los inmuebles ubicados en el departamento Capital, identificados con las siguientes nomenclaturas catastrales:
- Padrón N° 13.170; Circunscripción: I; Sección: 8 A; Lámina:
53; Manzana: 53; Parcela: 28 A; Matrícula: 9225; Orden: 802, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23705.
- Padrón N° 25.736; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana:
53; Parcela: 25 A; Matrícula: 9225; Orden: 2047, e inscripto en el Registro Inmobiliario en el Libro 204, Folio 16, Serie B, Año 1.942.
- Padrón N° 213.490; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 B; Matrícula: 9225; Orden: 4662, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-17323.
- Padrón N° 213.491; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 C; Matrícula: 9225; Orden: 4663, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-17322.
- Padrón N° 213.492; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 D; Matrícula: 9225; Orden: 4664, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23734.
- Padrón N° 213.493; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 E; Matrícula: 9225; Orden: 4665, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23707.
- Padrón N° 213.494; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 28 F; Matrícula: 9225; Orden: 4666, e inscripto en el Registro Inmobiliario en el Libro 66, Folio 74, Serie C, Año 1.971.
- Padrón N° 213.497; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 24 D; Matrícula: 9225; Orden: 4669, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-26879.
- Padrón N° 213.498; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 24 E; Matrícula: 9225; Orden: 4670, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-26882.
- Padrón N° 213.499; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 24 F; Matrícula: 9225; Orden: 4671, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-26881.
- Padrón N° 213.502; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 25 B; Matrícula: 9225; Orden: 4672, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23733.
- Padrón N° 213.503; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana; 53; Parcela: 25 C; Matrícula: 9225; Orden: 4673, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23732.
- Padrón N° 213.504; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 25 D; Matrícula: 9225; Orden: 4674, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23731.
- Padrón N° 213.505; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 25 E; Matrícula: 9225; Orden: 4675, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23730.
- Padrón N° 213.506; Circunscripción: I; Sección: 8 B; Manzana: 53; Parcela: 25 F; Matrícula: 9225; Orden: 4676, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral n° N-23729.
Provincia de Tucumán Artículo 1 Se autoriza al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano, a ceder en comodato a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, inmuebles ubicados en el departamento Capital
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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