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Se autoriza al Poder Ejecutivo de la Provincia de San Juan a endeudarse para el financiamiento de la Artículo 2 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se autoriza al Poder Ejecutivo de la Provincia de San Juan a endeudarse para el financiamiento de la obra acueducto Gran Tulum San Juan
Artículo 2.

El préstamo del Fondo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) para el Desarrollo Internacional (OFID), será tomado a dieciocho (18) años de plazo, con un período de gracia de cuatro (4) años y una tasa de interés anual del cinco por ciento (5%). El capital será amortizado en veintiocho (28) cuotas semestrales e iguales y los intereses se cancelarán en treinta y seis (36) cuotas semestrales calculadas sobre los saldos de capital.



Provincia de San Juan Artículo 2 Se autoriza al Poder Ejecutivo de la Provincia de San Juan a endeudarse para el financiamiento de la obra acueducto Gran Tulum
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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