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Regulan aranceles de Abogados y Procuradores Artículo 18 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regulan aranceles de Abogados y Procuradores Mendoza
Artículo 18. EJECUCION DE SENTENCIAS

En el procedimiento de ejecución de sentencia, el honorario del abogado se regulará aplicando el artículo 7º cuando la sentencia no haya recaído en procesos de estructura monitoria; cuando ella se hubiere dictado en esa clase de procesos, se regulará un tercio del monto que resulte de aplicar la escala del artículo 2º, haya existido o no oposición. Cuando la ejecución de la sentencia en estos juicios consistiere en el remate de automotores o inmuebles, se regulará el cuarenta por ciento (40%) del monto que resulte de aplicar la escala del artículo 2º, haya existido o no oposición. Si recayere sobre dinero, el veinte por ciento (20%) con el mismo criterio. El honorario que debe pagar el acreedor con privilegio en las ejecuciones seguidas por terceros, será regulado teniendo en cuenta el beneficio recibido por dicho acreedor.

Provincia de Mendoza Artículo 18 Regulan aranceles de Abogados y Procuradores
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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