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Régimen Legal para el Ejercicio Profesional de los Técnicos en Emergencias Médicas Artículo 12 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Régimen Legal para el Ejercicio Profesional de los Técnicos en Emergencias Médicas Buenos Aires
Artículo 12.

Son obligaciones de los Técnicos en Emergencias Médicas:

a) Velar y respetar en todas sus acciones la dignidad de la persona sin distinción de ninguna naturaleza.

b) Velar y respetar en las personas el derecho a la vida, la salud, sus creencias y valores.

c) Prestar la colaboración que le sea requerida por las autoridades sanitarias en caso de epidemias, desastres u otras emergencias.

d) Ejercer las actividades de su profesión dentro de los límites de competencia determinados por la presente y su reglamentación.

e) Mantener la idoneidad profesional mediante la actualización permanente, de conformidad con lo que al respecto determine la reglamentación.

f) Mantener el secreto profesional y confidencialidad de la información de acuerdo con lo establecido por las normas legales vigentes en la materia.



Provincia de Buenos Aires Artículo 12 Régimen Legal para el Ejercicio Profesional de los Técnicos en Emergencias Médicas
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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