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Régimen General de Jubilaciones, Pensiones y Retiros Artículo 111 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen General de Jubilaciones, Pensiones y Retiros Córdoba
Artículo 111. Requisitos de edad, servicios y aportes

Tendrá derecho a jubilación ordinaria con treinta (30) años de servicio y cincuenta (50) de edad, el personal que habitualmente realice tareas de aeronavegación con función especifica a bordo de aeronaves como Piloto o Copiloto.

El total que arroje el cómputo simple de servicios del mencionado personal, se bonificará con un año de servicios por cada cuatrocientas (400) horas de vuelo.

Las horas de vuelo efectivas sólo serán tenidas en cuenta cuando sean certificadas en base a constancias fehacientes, por la autoridad aeronáutica que corresponda. En ningún caso el cómputo de servicios podrá ser integrado por bonificaciones de tiempo que excedan el cincuenta por ciento (50%) del total computado, ni las fracciones de tiempo que no excedan de seis (6) meses se computarán como años enteros.

Provincia de Córdoba Artículo 111 Régimen General de Jubilaciones, Pensiones y Retiros (T.O. 2009)
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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