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Régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes Artículo 3 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes Salta
Artículo 3. Garantías fundamentales

Rigen operativamente todas las garantías y derechos consagrados en la Constitución Nacional, los tratados internacionales incorporados a su artículo 75, inciso 22, la Constitución Provincial y la Ley 7.039.

Entre éstas, especialmente, las disposiciones contenidas en:

a) La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

b) Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing).

c) Las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad (Resolución N° 45/113 de la Asamblea General).

d) Las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Resolución N° 45/112 de la Asamblea General Directrices de Riad), con las reservas respectivas realizadas por el Congreso Nacional.

e) La Ley de Protección integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061).

f) La Ley Reglamentaria de la Ley 26.061 (Ley 7.970).

g) La Ley Nacional de Protección contra la Violencia Familiar (Ley 24.417).

El régimen aquí previsto en ningún caso podrá interpretarse como limitativo o negatorio de las normas que amparan la especial situación de las niñas, niños o adolescentes, sin perjuicio de las restricciones que se impongan de manera fundada y bajo estrictos parámetros de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

Provincia de Salta Artículo 3 Régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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