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Régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes Artículo 10 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes Salta
Artículo 10. Identificació

La identificación de una niña, niño o adolescente sometido a proceso se realizará en presencia de uno de sus padres, tutor o guardador.

Si fuere imposible o existieren intereses gravemente contrapuestos, se requerirá la presencia del Ministerio Público Pupilar.

Se practicará mediante datos extraídos de la correspondiente partida de nacimiento o del documento nacional de identidad. En su defecto, se procederá a la identificación por testigos, en las formas prescriptas para los reconocimientos, o por otros medios que se estimaren útiles.

La identificación patronímica sólo procederá antes del requerimiento de la causa a juicio y si hubieran resultado negativas las demás operaciones. En ningún caso se los comprometerá o expondrá a procesos de identificación invasivos o traumáticos.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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