Régimen de Regularización Tributaria del Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural devengado hasta el 31 de diciembre de 2017 (Régimen de Regularización Tributaria del Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural) Provincia de Santa Fe
Régimen de Regularización Tributaria del Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural devengado hasta el 31 de diciembre de 2017 Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Establécese un Régimen de Regularización Tributaria del Impuesto...
- Artículo 2. Se encuentran comprendidas en el presente régimen todas las cuotas omitidas...
- Artículo 3. Quedan excluidos del presente régimen los planes de pago vigentes...
- Artículo 4. La deuda comprendida en el presente régimen podrá ser cancelada de contado o...
- Artículo 5. Las cuotas correspondientes a los planes de pagos de la presente ley serán...
- Artículo 6. Las actuaciones y toda documentación relacionadas con el acogimiento a la...
- Artículo 7. La caducidad del convenio de pago operará de pleno derecho sin...
- Artículo 8. La Administración Provincial de Impuestos comunicará a los ejecutores...
- Artículo 9. Cuando las deudas estén en proceso de ejecución fiscal, los contribuyentes...
- Artículo 10. El acogimiento a los beneficios de la presente ley implica el pleno...
- Artículo 11. Los contribuyentes que resulten titulares de partidas inmobiliarias que no...
- Artículo 12. Los contribuyentes titulares de partidas inmobiliarias que, sin resultar...
- Artículo 13. La gestiones necesarias para la regularización de la deuda administrativa...
- Artículo 14. El producido del impuesto inmobiliario que se recaude como consecuencia de...
- Artículo 15. Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través de la Administración...
- Artículo 16. Las disposiciones del presente régimen de regularización entrarán en...
- Artículo 17. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
Leer de nuevo
Régimen de Regularización Tributaria del Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural Santa Fe Artículo 17. Ley de mediación Córdoba Artículo 18. COMPARECENCIA Ejercicio de la Administración Pública Provincial La Rioja Artículo 87. Adhesión de la provincia al Régimen de Sinceramiento Fiscal Jujuy Artículo 9. Apruébase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2002 Artículo 28.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios