Régimen de regularización dominial a favor de ocupantes de inmuebles urbanos. Adhesión de la provincia (Régimen de regularización dominial a favor de ocupantes de inmuebles urbanos) Provincia de Entre Ríos
Régimen de regularización dominial a favor de ocupantes de inmuebles urbanos. Adhesión de la provincia Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Adherir a la Ley Nacional N° 24.374 y sus modificatorias Leyes...
- Artículo 2. Podrán acogerse al régimen, procedimientos y beneficios de esta ley, en el...
- Artículo 3. Establécese como autoridad de aplicación de la presente en todo el ámbito...
- Artículo 4. Los beneficiarios del proceso de regularización dominial de inmuebles...
- Artículo 5. Quedan excluidos del régimen de la presente ley: a) Los propietarios o...
- Artículo 6. El procedimiento fijado por la Ley 24.374 será adecuado mediante la...
- Artículo 7. La inscripción registral a que se refiere el inciso e) del Artículo 6°...
- Artículo 8. Invítase a los municipios a adherir a esta ley promoviendo el otorgamiento...
- Artículo 9. La autoridad de aplicación reglamentará la presente en un plazo de noventa...
- Artículo 10. Comuníquese, etcétera
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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