Régimen de Municipios y Comunas Artículo 118 Provincia de Córdoba
Régimen de Municipios y Comunas Córdoba
Artículo 118. Sanción por Inasistencia
La inasistencia injustificada a esta Sesión por parte de los Concejales, será sancionada con una multa igual a la quinta parte de sus dietas y cuando sus funciones no fueren remuneradas, por la misma proporción del importe que perciba el Intendente de la localidad respectiva. En caso de reincidencia en una segunda citación, se duplicará el monto de las multas.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 125. Acefalía del Tribunal de Cuentas Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 15. RequisitosRecomendados
Inscripcion de todos los actos o hechos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas en los registros de las provincias Nacional Artículo 4. Declaración de interés público provincial a la iniciativa privada presentada por la firma Argentina Fortescue Future Industries S.A Río Negro Artículo 2. Autoría Constitución Neuquén Artículo 187. Presupuesto Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2024 San Luis Artículo 77. Constitución San Luis Artículo 213. Competencia del Superior TribunalPublique la información de sí mismo
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