Reconocimiento a la Lengua de Señas Argentina como una lengua natural y originaria (Reconocimiento a la Lengua de Señas Argentina como una lengua natural y originaria) Nacional
Reconocimiento a la Lengua de Señas Argentina como una lengua natural y originaria Nacional
- CAPÍTULO I DISPOSICIÓN GENERAL
- Artículo 1. La presente ley tiene como objeto fortalecer el Sistema de Justicia Penal...
- CAPÍTULO II DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
- Artículo 2. Quienes sean titulares de las Fiscalías Federales ante los juzgados, cámaras...
- Artículo 3. Créanse veintisiete (27) cargos de Fiscal Federal Penal con jurisdicción en...
- CAPÍTULO III DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA
- Artículo 4. Créanse nueve (9) cargos de Defensor Público Oficial Federal con...
- CAPÍTULO IV DE LOS JUECES CON FUNCIONES DE GARANTÍA
- Artículo 5. Créase un (1) cargo de Juez Penal Federal con funciones de garantía, con...
- Artículo 6. Créase un (1) cargo de Juez Penal Federal con funciones de garantía, con...
- Artículo 7. Créase un (1) cargo de Juez Penal Federal con funciones de garantía, con...
- Artículo 8. Créase un (1) cargo de Juez Penal Federal con funciones de garantía, con...
- Artículo 9. Créase un (1) cargo de Juez Penal Federal con funciones de garantía, con...
- CAPÍTULO I DISPOSICIÓN GENERAL
CAPÍTULO II DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
CAPÍTULO III DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA
CAPÍTULO IV DE LOS JUECES CON FUNCIONES DE GARANTÍA - Artículo 10. Créase un (1) cargo de Juez Penal Federal con funciones de garantía, con...
- Artículo 11. Los jueces del Juzgado Federal Nº 3 y Nº 4 de Rosario y el Nº 2 de San...
- CAPÍTULO V DE LOS JUECES CON FUNCIONES DE REVISIÓN
- Artículo 12. Créanse tres (3) cargos de Juez Penal Federal con funciones de revisión con...
- Artículo 13. Créanse tres (3) cargos de Juez Penal Federal con funciones de revisión con...
- Artículo 14. Los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario actuarán...
- CAPÍTULO VI DE LOS JUECES CON FUNCIONES DE JUICIO Y EJECUCIÓN
- Artículo 15. Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1, Nº 2 y Nº 3 de...
- Artículo 16. Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe pasarán a...
- Artículo 17. Créase un (1) cargo de Juez Penal Federal con funciones de ejecución, con...
- Artículo 18. Créase un (1) cargo de Juez Penal Federal con funciones de ejecución, con...
- CAPÍTULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
- Artículo 19. A los efectos de dar cabal cumplimiento con el artículo 58 del Código...
- Artículo 20. En la conformación de la oficina judicial, equipos de trabajos, de las...
- Artículo 21. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Consejo de la Magistratura de...
- Artículo 22. El Fiscal Coordinador de Distrito y el Defensor Coordinador de Distrito de la...
- Artículo 23. Las erogaciones necesarias para la implementación de la presente ley se...
- Artículo 24. Las causas que se encuentren iniciadas al momento de entrada en vigencia de...
- Artículo 25. La presente ley se implementará una vez que se cuente con el crédito...
- Artículo 26. La Cámara Federal de Casación Penal, a los efectos de la implementación del...
- Artículo 27. Sustitúyase el artículo 6º de la ley 24.164 por el siguiente:. Artículo...
Mejores juristas





estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios