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Protección de áreas naturales provinciales Artículo 29 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Protección de áreas naturales provinciales Mendoza
Artículo 29.

Esta categoria comprende areas significativas por la excepcionalidad de sus ecosistemas acuáticos o terrestres, de sus comunidades naturales o de sus especies de flora y fauna, cuya proteccion resulte necesaria para fines científicos, de interés nacional.

Tales areas suelen contener ecosistemas o formas de vida frágiles y de especial importancia por los recursos genéticos que albergan.

En ellas los procesos naturales se desarrollan sin interferencia humana directa, aun cuando pueden darse fenómenos de alteración naturales, como incendios espontáneos, terremotos, invasión de plagas endémicas, etc.

Su función es servir de objeto de estudio con fines científicos y educativos. El tamaño del área depende de la superficie necesaria para lograr los objetivos de proteccion y gestión cientifica. En esta categoria no se deberá permitir:

a) el uso de las zonas para fines económicos, extractivos y/o recreativos.

b) la introducción de especies de flora y fauna exóticas, así como cualquier otra modificación del ecosistema.

c) la pesca, la caza y la recolección de flora o de cualquier objeto de interés geológico o biológico, a menos que sea expresamente autorizado con un fin científico o de manejo.

d) el uso o dispersión de sustancias contaminantes (tóxicas o no), salvo que sea expresamente autorizado con un fin científico o de manejo.

e) los asentamientos humanos.

f) el acceso del publico en general. El ingreso de grupos limitados o personas, con propósito científico o educativo, se realizara mediante autorización previa.

g) la construcción de edificios, caminos u otras obras de desarrollo físico, con la excepción de aquellas mínimas necesarias para la administracion y la observación cientifica.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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