Prorrogan la vigencia de la ley 9.076 Artículo 6 Provincia de Mendoza
Prorrogan la vigencia de la ley 9.076 Mendoza
Artículo 6.
Déjense sin efecto para la temporada productiva 2021/2022 las contribuciones como así también las demás obligaciones establecidas en los Artículos 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 14 º y 16 º de la Ley Nº 9076.
Provincia de Mendoza Artículo 6 Prorrogan la vigencia de la ley 9.076 - Declaración de Interés Provincial el Programa de Control y Erradicación de la Plaga Lobesia Botrana
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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