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Promover políticas públicas que favorezcan entornos escolares, hábitos y estilos de vida saludables Artículo 3 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Promover políticas públicas que favorezcan entornos escolares, hábitos y estilos de vida saludables en los centros educativos Neuquén
Artículo 3.

A los efectos de la presente ley, se incluyen las siguientes definiciones:

a) Agua segura: aquella que puede ser consumida sin restricción porque no representa un riesgo para la salud. Ésto puede lograrse mediante un proceso de purificación que asegure que no contiene bacterias peligrosas, metales tóxicos disueltos o productos químicos dañinos para la salud.

b) Alimentación saludable: aquella que, basada en criterios de equilibrio y variedad, y de acuerdo con las pautas culturales de la población, aporta una cantidad suficiente de nutrientes esenciales, y es limitada en aquellos cuya ingesta en exceso es factor de riesgo de enfermedades crónicas no transmisibles.

c) Actividad física: movimiento corporal realizado por los músculos esqueléticos que redunda en un aumento del metabolismo y del gasto de energía.

d) Sedentarismo: inactividad física o actividad física insuficiente, cuando caracteriza el estilo de vida de una persona.

e) Tiempo sedente: tiempo que las personas permanecen quietas sentadas o en decúbito, sin movimiento significativo.

f) Condición física saludable: estado que permite a las personas llevar a cabo las actividades de la vida cotidiana sin fatiga excesiva y desarrollar a pleno sus potencialidades.

g) Entornos saludables: aquellos que apoyan la salud y ofrecen a las personas protección frente a las amenazas para la salud, permitiéndoles ampliar sus capacidades y desarrollar autonomía respecto de ésta.

Comprenden las oportunidades de empoderamiento de las personas y los lugares donde viven, su comunidad local, el hogar, los sitios de estudio, los lugares de trabajo y de esparcimiento, incluyendo el acceso a los recursos sanitarios.

h) Entornos escolares saludables: espacios educativos donde se realizan acciones sostenidas en el tiempo destinadas a promover y facilitar un estilo de vida saludable en la comunidad educativa.

Es una línea de acción dentro de la estrategia de entornos saludables.

i) Kioscos, cantinas o bufés saludables: recintos o locales dentro de los establecimientos educativos que expenden alimentos y bebidas, calificados como saludables desde el punto de vista nutricional y odontológico; son lugares que cumplen con las exigencias sanitarias vigentes y que permiten a la comunidad escolar acceder voluntaria y responsablemente a una alimentación variada.

j) Malnutrición: estado patológico producido por la deficiencia, el exceso o la mala asimilación de alimentos.

k) Obesidad: problema de salud epidémico, metabólico, crónico, heterogéneo y estigmatizado, caracterizado por el aumento de la grasa corporal cuya distribución y magnitud condicionan la salud de los individuos.

l) Publicidad, promoción y patrocinio: toda forma de comunicación, recomendación o acción comercial con el fin, el efecto o el posible efecto de promover, directa o indirectamente, el consumo de un producto.



Provincia del Neuquén Artículo 3 Promover políticas públicas que favorezcan entornos escolares, hábitos y estilos de vida saludables en los centros educativos de todos los niveles y modalidades de gestión estatal y privada del sistema educativo obligatorio, con el fin de proteger los der
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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