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Promoción de la Participación Ciudadana en la Administración de Justicia- Amicus Curiae Artículo 16 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Promoción de la Participación Ciudadana en la Administración de Justicia- Amicus Curiae Catamarca
Artículo 16. Requisitos para la inscripción

A los fines establecidos en el Artículo 15°, la solicitud de inscripción como Amicus Curiae o Amigo del Tribunal estará acompañada del cumplimiento de los siguientes recaudos, sin perjuicio de otros que establezca la Corte de Justicia por vía reglamentaria, a saber:

1) Datos de identidad de la persona humana o denominación de la persona jurídica, domicilio real o legal, e instrumentos que acrediten la constitución en el caso de personas jurídicas, y la representación que se invoca;

2) Antecedentes que funden la petición de inscripción y la materia en la cual el peticionario alegue poseer reconocida solvencia o competencia;

3) Constituir un domicilio electrónico a fines de que le sean notificadas las causas que la Corte de Justicia considere aptas para la intervención del solicitante como Amicus Curiae o Amigo del Tribunal.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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