Salud: Programa, Prevención y Control de los Trastornos Alimenticios (Programa, Prevención y Control de los Trastornos Alimenticios) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Salud: Programa, Prevención y Control de los Trastornos Alimenticios Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. Establécese de interés provincial de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del...
- Artículo 2. Entiéndese por trastornos alimentarios, a los efectos de esta ley a la...
- Artículo 3. Créase el Programa Provincial de Prevención y Control de los trastornos...
- Artículo 4. La autoridad de aplicación dispondrá las medidas necesarias para que en cada...
- Artículo 5. La detección, tratamiento, rehabilitación y seguimiento de los trastornos...
- Artículo 6. El Ministerio de Salud coordinará con el Ministerio de Educación, el...
- Artículo 7. El Ministerio de Salud auspiciará actos, seminarios, talleres, conferencias,...
- Artículo 8. La autoridad de aplicación deberá tomar medidas a fin de que la exhibición en...
- Artículo 9. Prohíbase la publicación o difusión en medios de comunicación de dietas o...
- Artículo 10. La cobertura que deberán brindar todas las obras sociales y asociaciones de...
- Artículo 11. Los proveedores de bienes o servicios con destino al público en general, no...
- Artículo 12. El Poder Ejecutivo dispondrá las medidas necesarias a fin de que los...
- Artículo 13. Todas las instituciones de atención médica, públicas y privadas, deberán...
- Artículo 14. La autoridad de aplicación remitirá anualmente a la Comisión Permanente de...
- Artículo 15. El Poder Ejecutivo realizará las modificaciones presupuestarias pertinentes a...
- Artículo 16. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los sesenta (60)...
- Artículo 17. Derógase toda norma que se oponga a la presente ley.
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mejores juristas





Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios