Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Para el Año 2020 Artículo 46 Provincia de Córdoba
Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Para el Año 2020 Córdoba
Artículo 46.
El Poder Ejecutivo Provincial incorporará proyectos y obras en el Plan de Inversiones Públicas que forman parte del Presupuesto General, cuando ello resulte necesario por las operatorias de viviendas e infraestructura realizadas por intermedio del FONAVI.Las obras en proceso de contratación, las adjudicadas y las que ya se encuentran en ejecución en las distintas jurisdicciones ministeriales, podrán ser transferidas a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta (ACIF-SEM) para aplicar fuentes de financiamiento obtenidas por dicha Agencia. Las jurisdicciones ministeriales involucradas, por sí o a través de sus reparticiones, mantendrán el carácter de comitente de las mismas.
En los supuestos de obras en que la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta (ACIF-SEM) reviste el carácter de comitente o que le hayan sido transferidas cuyo financiamiento originario resulte insuficiente, como asimismo en las obras con financiamiento nacional o internacional contratadas por dicha Agencia, cuyo financiamiento originario se agote o exista una excesiva morosidad en la remisión de los fondos para su pago, y en los supuestos de obras financiadas desde esa Agencia en el marco de convenios celebrados con otras instituciones o reparticiones, pueden asignarse recursos provinciales para completar su ejecución, mediante la pertinente transferencia de fondos a la citada Agencia. Asimismo, en los supuestos en que los recursos obtenidos mediante operaciones de uso del crédito originalmente destinados a financiar determinadas obras de infraestructura resultaran excedentes, estos recursos pueden ser destinados a financiar otras obras de infraestructura.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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