Prestadores de servicios públicos además de atender reclamos, deberán contar con un sistema informático basado en tecnología web (Prestadores de servicios públicos además de atender reclamos, deberán contar con un sistema informát) Provincia de Buenos Aires
Prestadores de servicios públicos además de atender reclamos, deberán contar con un sistema informático basado en tecnología web Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Los prestadores de servicios públicos de la Provincia de Buenos Aires,...
- Artículo 2. Los prestadores indicados en el artículo anterior, deberán informar a través...
- Artículo 3. El sistema web aludido deberá estar en línea y funcionar las veinticuatro...
- Artículo 4. Los Municipios que cuenten con centros de recepción de reclamos podrán,...
- Artículo 5. El sistema que se instrumente por red informática deberá comunicar a la...
- Artículo 6. Los usuarios de los diferentes servicios tendrán acceso, mediante la página...
- Artículo 7. El Poder Ejecutivo establecerá la Autoridad de Aplicación, la cual...
- Artículo 8. La presente Ley entrará en vigencia a partir de los noventa (90) días de su...
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Regulan la habilitación para el funcionamiento de Salas de Teatro Independiente Suspensión del desalojo de la Cooperativa de Trabajo Safra Ltda Creación del Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública Provincial Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles ubicados la ciudad de San Martín Declaran Bien de Interés Histórico Arquitectónico a la Iglesia Parroquial San Francisco JavierMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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