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Política Ambiental Artículo 88 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Política Ambiental Córdoba
Artículo 88.

El Poder Ejecutivo Provincial y sus diferentes áreas ministeriales, así como los municipios y comunas, deben elaborar sus respectivos diagnósticos en el área competente hasta el día 1 de octubre de cada año y remitir copia certificada a la Autoridad de Aplicación de la presente Ley para que sean incorporados en el informe anual de la misma, de manera que se puedan realizar cuadros comparativos de situación facilitando la participación de todos los actores sociales. Las instituciones educativas, de investigación y académicas, organismos nacionales, organizaciones no gubernamentales y colegios profesionales estarán facultados para aportar sus propios diagnósticos, los que deberán ser tenidos en cuenta para la formulación del Diagnóstico Ambiental Provincial, e incorporados como anexos al mismo.

El informe debe contener:

a) La descripción de amenazas y problemáticas que afectan al ambiente local y regional de su competencia;

b) Las acciones previstas para subsanarlos, y c) Para los gobiernos locales, la explicitación de los marcos normativos que aplican en cuanto a la protección y cuidado del ambiente (uso de suelo, instalación de industria, regulación del uso de agroquímicos, tratamiento de líquidos cloacales y efluentes, entre otros).

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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