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Otorgan al Yacht Club Argentino, el permiso de uso y goce de la fracción de tierra ubicado en el Par Artículo 1 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Otorgan al Yacht Club Argentino, el permiso de uso y goce de la fracción de tierra ubicado en el Partido de General Pueyrredón Buenos Aires
Artículo 1.

Otórgase al Yacht Club Argentino, inscripto en la Inspección General de Justicia con el Nro. 346, permiso de uso y goce de la fracción de tierra identificada según la Administración del Puerto de Mar Del Plata como "parcela 4-c", con una superficie de 2435,24 m2, y el espejo de agua donde funcionan sus instalaciones, todo ello ubicado en jurisdicción del Partido de General Pueyrredón dentro del predio que ocupa el mencionado puerto cuya nomenclatura se identifica catastralmente como Circunscripción VI, Sección H, Fracción VIII, según Plano de Mensura 45-178-2006, cuyo dominio pertenece a la Provincia de Buenos Aires.



Provincia de Buenos Aires Artículo 1 Otorgan al Yacht Club Argentino, el permiso de uso y goce de la fracción de tierra ubicado en el Partido de General Pueyrredón
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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