Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2026 Artículo 29 Provincia del Chubut
Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2026 Chubut
Artículo 29.
Fíjanse las siguientes alícuotas para las actividades que se indican a continuación:a) Del 5% (CINCO POR CIENTO):
Servicios de cinematografía, radio y televisión y servicios de espectáculos artísticos y de diversión n.c.p.
tabla.
b) Del 13,5% (TRECE COMA CINCO POR CIENTO) Servicios de esparcimiento relacionados con juegos de azar y apuestas. Incluye comercialización de billetes de lotería y venta de entradas a Bingos y Casinos.
tabla.
Establécese la siguiente distribución de la alícuota:
1. OCHO POR CIENTO (8%) será destinado a Rentas Generales de la Provincia.
2. DOS POR CIENTO (2%) será destinado al presupuesto de la Secretaría de Salud, con destino específico para la atención del Programa de Prevención y Asistencia de las Adicciones en la órbita de la Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones.
3. DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5%) será destinado al Instituto de Asistencia Social de la Provincia del Chubut para el cumplimiento de sus misiones y funciones.
4. UNO POR CIENTO (1%) será destinado a Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, para la promoción y desarrollo de actividades deportivas.
Fíjese la alícuota del 13,5% (TRECE COMA CINCO POR CIENTO) para cualquier actividad que se desarrolle en forma conjunta y/o complementaria con las mencionadas en el presente inciso.- c) Del 15,5 % (QUINCE COMA CINCO POR CIENTO):
tabla
Provincia del Chubut Artículo 29 Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2026
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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