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Nueva Ley de Ministerios 2018 Artículo 49 Provincia de Buenos Aires


Derogado

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Nueva Ley de Ministerios 2019

Nueva Ley de Ministerios 2018 Buenos Aires
Artículo 49.

El Organismo Provincial de Integración Social y Urbana estará a cargo de un Director Ejecutivo, designado por el Poder Ejecutivo, con rango equivalente a Subsecretario, con las incompatibilidades previstas en los arts. 12 y 16 de la presente ley. Tendrá domicilio en la ciudad de La Plata y su patrimonio estará constituido por:

1. Las sumas que anualmente fije la ley de presupuesto.

2. Los créditos provenientes de organismos multilaterales de crédito con destino al cumplimiento de sus fines y objetivos.

3. Contribuciones, subsidios, legados y donaciones.

4. Todo aporte que en función de su origen tenga por finalidad la financiación de programas vinculados a las tareas y temáticas conforme a sus objetivos.



Provincia de Buenos Aires Artículo 49 Nueva Ley de Ministerios 2018
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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