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Nueva Ley de Ministerios 2018 Artículo 27 Provincia de Buenos Aires


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Nueva Ley de Ministerios 2019

Nueva Ley de Ministerios 2018 Buenos Aires
Artículo 27. Ministerio de Producción

Corresponde al Ministerio de Producción asistir al Gobernador en todo lo inherente a las materias que se enuncian a continuación:

1. Las políticas para el ordenamiento, promoción y desarrollo de las actividades industriales, mineras, comerciales, emprendedoras, cooperativas, portuarias y turísticas de la provincia de Buenos Aires.

2. Las políticas de inversión, exportaciones y financiamiento para el sector productivo, tanto a nivel nacional como internacional.

3. El diseño e implementación de los planes, modos y acciones que optimicen el desarrollo de los sectores productivos, en coordinación con otras áreas del gobierno.

4. Las políticas que aseguren la cultura emprendedora en el territorio de la provincia de Buenos Aires.

5. Ejercer la autoridad minera, la administración de los yacimientos del gobierno de la provincia y el fomento de la industria extractiva, conforme las buenas prácticas ambientales.

6. Organizar el registro de cooperativas y fiscalizar su funcionamiento. Entender en la promoción y el fomento de las actividades cooperativas en el territorio bonaerense.

7. Promover las políticas, obras e inversiones portuarias.

8. Diseñar, promover y ejecutar las políticas de inversión, financiamiento y exportación, representando a la provincia en encuentros sobre relaciones económicas internacionales y desarrollo productivo.

9. Dirigir la administración y fiscalización de las Zonas Francas radicadas en la provincia de Buenos Aires.

10. Conducir la actividad turística como generadora de desarrollo local y regional.

11. Promover la regionalización del turismo a través de la creación de consorcios que propendan a la participación y el estímulo de la inversión privada.

12. Administrar las unidades fiscales provinciales relacionadas con la actividad turística y los recursos provenientes del Fondo Provincial de Inversión para el Turismo previsto en la Ley Nº 14209 y/o la que en el futuro la reemplace.

13. Mantener actualizado el registro de prestadores de servicios turísticos de la jurisdicción y actuar en representación de la provincia ante el Consejo Federal de Turismo o cualquier otra modalidad de interacción en la materia.

14. Los asuntos relacionados al Ente Administrador del Astillero Río Santiago.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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