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Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Artículo 191 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Mendoza
Artículo 191.

La presente Ley es de aplicación en lo que corresponde a la Administración Provincial y a todos los Municipios de la Provincia de Mendoza.

Respecto a las Empresas, Sociedades y Otros Entes Públicos será de aplicación obligatoria en los artículos que así lo dispongan.

Los Municipios podrán adecuar sus estructuras organizativas a los sistemas citados en el artículo 7 de la presente Ley; definiendo sus órganos rectores, funciones y competencias. En relación con el control las Municipalidades rendirán directamente al Tribunal de Cuentas. Las funciones asignadas por esta Ley al Poder Ejecutivo, Contador General y Tesorero General serán ejercidas por los respectivos Departamentos Ejecutivos Municipales o Autoridades Superiores, Contadores, Tesoreros municipales conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Provincia de Mendoza Artículo 191 Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control del Sector Público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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