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Modificacion de Leyes Impositivas Artículo 117


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Modificacion de Leyes Impositivas
Artículo 117.

Incorpórase como artículo sin número a continuación del artículo sin número agregado a continuación del artículo 29 de la Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la ley 24.674 y sus modificaciones, el siguiente:

"ARTÍCULO ...- Las anulaciones de pólizas sólo serán reconocidas al efecto de devolver el impuesto pagado sobre las primas correspondientes, cuando la compañía pruebe en forma clara y fehaciente que ha quedado sin efecto el ingreso total o parcial de la prima.

Cuando una entidad cometa alguna infracción o defraudación grave o viole reiteradamente las disposiciones aplicables, la Administración Federal de Ingresos Públicos lo comunicará a la Superintendencia de Seguros de la Nación a los fines que correspondan."

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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


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