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Ley para la difusión del uso y aprovechamiento de las herramientas digitales Artículo 5 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley para la difusión del uso y aprovechamiento de las herramientas digitales Ciudad de Buenos Aires
Artículo 5. Objetivos

Las políticas de comunicación y capacitación destinada a la comunidad deberán contemplar los siguientes objetivos:

a) Prevenir delitos, contravenciones o situaciones de riesgo que pueden cometerse en el entorno digital como son el acoso u hostigamiento, el grooming, phishing u otros;

b) Promover el desarrollo de las ideas y la creatividad de los usuarios que derivan en emprendimientos productivos o sociales o culturales en los que el uso de las herramientas digitales son una forma de potenciar sus capacidades;

c) Promover el análisis crítico y el discernimiento en la identificación de los distintos tipos de medios y métodos de búsqueda de información oficial o de fuentes originales;

d) Concientizar respecto de las consecuencias de los actos de agresión a través del internet, los efectos en quienes son agredidos y la importancia de la empatía;

e) Promover estrategias de reducción de las brechas digitales que se originan en la desigualdad de género y de estrategias para atravesar las barreras sociales que impiden la igualdad en el desarrollo de las capacidades;

f) Concientizar respecto de las estrategias para la preservación de la identidad e intimidad en el armado de la Identidad Digital, concientizando de los riesgos y de las formas de proteger información sensible cuando operamos en el internet



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 5 Ley para la difusión del uso y aprovechamiento de las herramientas digitales
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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