Ley Impositiva año 2024 Artículo 122 Provincia de Córdoba
Ley Impositiva año 2024 Córdoba
Artículo 122.
Establécese que quedan exceptuados de pagar el Impuesto Inmobiliario y la contribución especial que se recauda conjuntamente con el mismo, los siguientes inmuebles:a) Los comprendidos en la Categoría Social definida por la Dirección General de Catastro o aquellos pertenecientes a los sujetos beneficiados por el Decreto N° 1334/06 -DOCOF Social-, y b) Los pertenecientes a contribuyentes que encuadren en la definición de hogares pobres establecida por el Decreto N° 1357/06 de creación del Programa Tarifa Solidaria.
Provincia de Córdoba Artículo 122 Ley Impositiva año 2024
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Sistema de Pasantías Educativas que regirá en el ámbito del Ministerio de Educación Córdoba Artículo 19. Creación de los consorcios de conservación de suelos Córdoba Artículo 10. De las Asambleas Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Buenos Aires Artículo 48. Código de Faltas Mendoza Artículo 54 bis. Colegio Profesional de Higiene y Seguridad Córdoba Artículo 32. Obligaciones en el ejercicioPublique la información de sí mismo
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