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Ley de Seguridad Pública para la provincia de Córdoba Artículo 41 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Seguridad Pública para la provincia de Córdoba Córdoba
Artículo 41.

LAS Direcciones Generales dependen del Subjefe de Policía y están a cargo de un Comisario General en actividad designado por el Poder Ejecutivo.

El Jefe de Policía puede proponer un orden de mérito no vinculante.

La Dirección General de Control de Conducta Policial depende del Jefe de Policía, no integra el Estado Mayor Policial y está a cargo de un Oficial Superior designado por el Poder Ejecutivo.

La Dirección General de Control de Conducta Policial tiene plena autonomía técnica de gestión en materia de prevención e investigación en el ámbito de su competencia.

El titular de la Dirección General de Control de Conducta Policial debe concurrir al menos una vez al año ante las comisiones parlamentarias correspondientes de la Legislatura Provincial a fin de brindar un informe detallado de gestión



Provincia de Córdoba Artículo 41 Ley de Seguridad Pública para la provincia de Córdoba
Artículo 1 ...39 40 41 42 43 ...88

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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