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Ley de Promoción y Estabilidad Fiscal para la Generación de Empleo Artículo 80 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Promoción y Estabilidad Fiscal para la Generación de Empleo Salta
Artículo 80.

Entiéndase que los recursos ante el fuero laboral aludidos en el artículo 2° de la Ley Nacional 27.348 y en el artículo 46 de la Ley Nacional 24.557-texto según modificación introducida por Ley Nacional 27.348-, deben formalizarse a través de la acción laboral ordinaria, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Provincial 5.298 Código Procesal Laboral de Salta, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles judiciales computados desde la notificación de la resolución emanada de la comisión médica respectiva, bajo apercibimiento de caducidad.

El Poder Ejecutivo instará la celebración de convenios de colaboración y coordinación con la Súper Intendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación con el objeto de crear Comisiones Médicas Jurisdiccionales en todos los Distritos judiciales de la provincia de Salta.

La aplicación de lo dispuesto en este Capítulo se efectiviza en cada distrito judicial de la Provincia con la existencia de la comisión médica respectiva.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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