Ley de procedimiento administrativo Artículo 27 Provincia de Córdoba
Ley de procedimiento administrativo Córdoba
Artículo 27. Obligación de denunciar el domicilio del representado
Los apoderados y representantes tienen la obligación de denunciar en el primer escrito o presentación personal, cualquiera sea el medio utilizado, el domicilio electrónico y el domicilio real de sus mandantes o representados.
Si no se cumpliera con la obligación de denunciar el o los domicilios en la forma indicada, se intimará al compareciente por tres (3) días para que subsane la omisión, bajo apercibimiento de disponer el archivo de las actuaciones
Provincia de Córdoba Artículo 27 Ley de procedimiento administrativo
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Promoción de la actividad turística rural Chubut Artículo 6. Día de la Defensa de la Escuela Pública, Digna y Segura Chubut Artículo 1. Fija sueldos básicos, índices, asignación de las categorías, porcentualidades y adicionales remunerativos Chubut Artículo 13. Se instituye en el territorio de la Provincia de Córdoba el 21 de agosto de cada año como Día Provincial de las futbolistas Córdoba Artículo 1. Código de Faltas Mendoza Artículo 89 quater.Publique la información de sí mismo
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