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Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017 Artículo 20 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/11/2025

Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017 San Juan
Artículo 20.

Autorizase al ministerio de hacienda y finanzas a realizar las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias para la aplicacion de la Ley Provincial Nº 603-I de administracion financiera.

Para tales efectos y cumplimiento de los fines consignados en el presente exeptuase a la secretaria de hacienda y finanzas de las previsiones contenidas en las normativas de contencion del gasto publico y de emergencia publica en vigencia y que en consecuencia se dicten en lo referido a la recaudacion reubicacion o designacion del personal que se considere necesario.



Provincia de San Juan Artículo 20 Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017
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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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