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Ley de ordenamiento administrativo del personal policial Artículo 53 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/03/2024

Ley de ordenamiento administrativo del personal policial San Luis
Artículo 53.

Los legajos personales contendrán los datos de filiación civil, características físicas (morfológicas, cromáticas y dactiloscópicas) del Personal Policial. De igual manera, se registrarán los antecedentes integrales de su carrera policial, conforme lo establezca la Reglamentación correspondiente.-

Provincia de San Luis Artículo 53 Ley de ordenamiento administrativo del personal policial
Artículo 1 ...51 52 53 54 55 ...97

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Consulta el.motivo de un retiro Obligatorio. De un Oficial policial, Conforme Art. 53 inc 3 y 2 a que hace referencia,?

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