Ley de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa Artículo 4 Nacional
Ley de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa Nacional
Artículo 4. Certificados de participación
El Banco de la Nación Argentina y la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, utilizan do en este último caso los activos integrantes del Fondo Fiduciario que administra al Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. (BICE), deberán asumir el compromiso de suscribir certificados de participación en el Fonapyme por hasta la suma total de cien millones de pesos ($ 100.000.000) en las proporciones y bajo las condiciones que determine la reglamentación de la presente ley.
Podrán además suscribir certificados de participación del Fonapyme, organismos internacionales, entidades públicas y privadas nacionales o extranjeras, gobiernos provinciales o municipales, en la medida en que adhieran a los términos generales del fideicomiso instituido por el artículo 3 de la presente ley.
La Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, estará facultada para suscribir los certificados subordinados que emita el Fonapyme.
Nacional Artículo 4 Ley de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa
Mejores juristas





Obvio ´perro
Si yo uso un clip de una persona que apareció en YouTube o en los medios de comunicación para citar lo que dice, ¿puede reclamarme por utilizar su imagen si bien su imagen ya la dispuso públicamente?
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la via publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la via publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limitrofes, obviamente con todos los demas requisitos como: registro de conducir,seguro,vtv, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
Buenas tardes. Respecto del art. 58 LS para determinar el plazo de prescripción: desde cuándo la obligación es exigible? Desde la fecha del siniestro, de la denuncia o cuál? Qué actos interrumpen la prescripción? La interposición de una declaratoria puede ser? Gracias!!!
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios