Ley de animales sueltos en la vía pública. Faltas Artículo 32 Provincia del Chaco
Ley de animales sueltos en la vía pública. Faltas Chaco
Artículo 32.
Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo
Provincia del Chaco Artículo 32 Ley de animales sueltos en la vía pública. Faltas. Responsabilidad civil y penal. Sanciones. Aprehensión del animal y decomiso. Competencia. Controles. Autoridad de aplicación. Sistemas de avisos o alertas. Abrogación de los artículos 80 y 81 de la ley 85
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Creación del Área Natural Protegida Península Mitre Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 24. Ley Impositiva año 2024 Córdoba Artículo 11. Marco normativo para el desarrollo de mercados de instrumentos que certifiquen atributos ambientales Córdoba Artículo 4. Registro de Entidades de Validación Programa de Fortalecimiento de la Solidaridad y Sostenibilidad del Sistema Previsional Córdoba Artículo 15. Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Buenos Aires Artículo 40.Publique la información de sí mismo
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