Ley de administración financiera y del control interno de la administración general del estado provi Artículo 5 Provincia de Córdoba
Ley de administración financiera y del control interno de la administración general del estado provincial Córdoba
Artículo 5. Estructura del Sector Público Provincial no Financiero
EL sector público provincial no financiero comprende:
1 Administración general I. Centralizada:
Poder Ejecutivo Ministerios Secretarías de Estado Poder Legislativo Poder Judicial Tribunal de Cuentas de la Provincia Defensoría del Pueblo II. Entidades Descentralizadas 2. Empresas, Agencias y Entes Estatales 1. Empresas públicas a) Con Administración Provincial b) Concesionadas 2. Sociedades Anónimas (con participación estatal) 3. Sociedades Anónimas (del Estado) a) Con participación mayoritaria del capital;
b) Con participación mayoritaria de la voluntad societaria 4. Sociedades de economía mixta 5. Sociedades del Estado 6. Empresas y Entes residuales 7. Entes Autárquicos 8. Otros Entes Estatales.
El Poder Ejecutivo aprobará un clasificador presupuestario institucional que podrá tener variaciones en la medida que responda globalmente a la apertura aquí enunciada, siendo de aplicación obligatoria los conceptos incluidos como "administración general" y "empresas" y en tanto permita individualizar cada jurisdicción, entidad descentralizada y empresa a los efectos de aplicar la clasificación antes expuesta.
Provincia de Córdoba Artículo 5 Ley de administración financiera y del control interno de la administración general del estado provincial
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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